A partir de diciembre del 2020, en la Ciudad de México estará prohibido distribuir y entregar bolsas de plástico; a partir de enero de 2021 popotes, cubiertos, vasos, hisopos, globos y varillas también, entre una larga lista de productos plásticos. Esta reforma a la Ley de Residuos Sólidos fue aprobada por todo el Congreso de la Ciudad el 9 de mayo, en un momento que –sin ánimos de sonar ingenuos– nos parece histórico.

Aún quedan lagunas de información y un largo camino de regulaciones. Pero mientras tanto, aquí abajo desglosamos los 6 puntos más importantes de las nuevas reglas para los residuos sólidos. Algunas muy buenas noticias y algunos focos rojos también.

La nueva Ley de Residuos Sólidos

1. A partir de diciembre del año 2020 estará prohibido comercializar, distribuir y entregar bolsas de plástico al consumidor, salvo que sean compostables. (El Congreso de la Ciudad todavía no define qué estará considerado como compostable)*

2. De la media anterior están excluidas las bolsas que son necesarias por razones de higiene o que previenen el desperdicio de alimentos, siempre y cuando no existan alternativas.

3. A partir del 1 de enero del 2021 también estará prohibido comercializar, distribuir y entregar tenedores, cuchillos, chucharas, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos, aplicadores de tampones que son fabricados total o parcialmente de plástico y se desechan después de un solo uso.

Tampoco cápsulas de café de un solo uso, que deberán fabricarse con plásticos de bajo potencial de aprovechamiento. (No está claro qué es un plástico de bajo potencial de aprovechamiento)*

4. A partir de septiembre de éste año, el Congreso de la Ciudad analizará el paquete financiero. Una vez que evalúen el presupuesto, los legisladores diseñarán un esquema de estímulos fiscales para las empresas que cambien sus producciones de plástico por materiales biodegradables. (Tampoco han definido qué cumple con los lineamentos de un material biodegradable)*

5. A partir de la publicación de estas nuevas reglas, la Secretaría de Medio Ambiente iniciará programas de cultura ambiental sobre el abuso en el consumo de los plásticos de un solo uso, y las alternativas que existen.

6. También, la Secretaría de Educación, Ciencia, Tecnología e Innovación deberá publicar–en los 180 días posteriores a la publicación-, un programa de asesoramiento a los productores de plástico de un solo uso para que encuentren alternativas compostables.

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